Qué Son y Diferencias entre Leasing y Renting

Cuando una empresa se plantea la necesidad de adquirir un elemento nuevo de inmovilizado que requiera cierta inversión económica como pueden ser vehículos o maquinaria, se plantea la duda de si será mejor optar por la compra; acudir a un arrendamiento financiero (leasing) o a un alquiler (renting). En este artículo vamos a explicar cuáles son las diferencias entre leasing y renting.

Definición de Leasing y Renting

Qué es el Leasing

El leasing es un contrato por el cual una empresa (sociedad de arrendamiento financiero) cede a otra (arrendatario) el uso de un bien comprado por la sociedad siguiendo las instrucciones del arrendatario, durante un tiempo determinado y a cambio del pago de unas cuotas periódicas por parte de éste, teniendo el mismo la posibilidad de ejercitar una opción de compra al final del contrato.

Así pues, el leasing es un alquiler con opción de compra. El bien no pasa al activo de la empresa mientras no se ejecute la opción de compra. Si al final la empresa decide no adquirirlo, habrá pagado un alquiler por el uso del mismo durante el periodo pactado.

Tipos de Leasing

La doctrina y la práctica han creados distintas denominaciones en función de los distintos contratos de leasing que pueden celebrarse, siendo las más relevantes:

  • Leasing financiero: Es aquél que coincide con todo lo señalado anteriormente.
  • Leasing inmobiliario: Por razón de la naturaleza del bien que se cede, siendo éste un inmueble y por tanto su duración mínima de diez años; se contrapone al leasing mobiliario.
  • “Lease back” o retroleasing: Se caracteriza porque quien vende el bien a la Entidad Financiera es precisamente el cliente que se convertirá en usuario acto seguido. No existe por tanto tercero vendedor.

Qué es el Renting

El renting es un contrato de alquiler a largo plazo de un bien, que se celebra entre una compañía especializada arrendadora y un arrendatario, el cual incluye una serie de servicios complementarios que se amoldan a las necesidades del segundo. En España no existe una regulación legal específica del renting, debiendo remitirse a lo que de forma general regula el Código Civil sobre el contrato de arrendamiento de bienes, y a lo que libremente dispongan las partes contratantes de la operación.

El renting es un arrendamiento sin opción de compra (salvo excepciones que trataremos en un artículo independiente en el futuro). Las cuotas del renting suelen ser más elevadas que las del leasing porque se incluye en ella, además del arrendamiento, los gastos derivados del uso del bien (mantenimiento, reparaciones, seguros…)

Características del Renting

  • Es un servicio de tipo integral.
  • Es ofrecido por entidades financieras y por grandes compañías especializadas, así como por divisiones y filiales de los propios fabricantes de los bienes.
  • Puede realizarse sobre bienes muebles (maquinaria, vehículos, ordenadores, fotocopiadoras, etcétera) y también sobre inmuebles, aunque este último caso es mucho menos habitual.
  • Con la operación no se persigue la propiedad del bien sino solamente su disfrute.
  • El arrendatario puede realizar o no una actividad empresarial o profesional.

Diferencias entre leasing y renting:

LeasingRenting
En el leasing la opción de compra es algo esencial y suele ejercerse casi siempre, pasando el arrendatario a adquirir la propiedad del bien. Así pues, el leasing sirve para financiar la adquisición de determinados bienes (se persigue adquirir los bienes, no cambiarlos cuando se haga necesario)FinalidadEn el renting, al no perseguirse la adquisición de la propiedad del bien, a través de la sociedad de renting, se puede efectuar el cambio del mismo en el momento en que se precise.
El contrato de leasing no lleva aparejada la prestación de ningún servicio.Servicios que ofrece El contrato de renting lleva consigo diversas prestaciones por parte de la empresa arrendadora, como el mantenimiento, la puesta en marcha, etc.
En el leasing se ven afectadas cuentas de Pasivo por el importe del principal de la deuda, así como, en el Activo, de Inmovilizado, de IVA y de amortización. El Balance en su conjunto se ve alterado y una serie de índices, como los de endeudamiento, se ven afectados.ContabilidadEl renting no aparece reflejado ni en el Activo ni en el Pasivo del Balance ni se ve incrementado el Inmovilizado. Simplemente es un gasto.
El contrato de leasing exige una duración mínima de dos años, si se trata de bienes muebles y de diez si se trata de bienes inmuebles (aunque en principio rige la libertad de pactos de las partes). Por lo tanto, es una operación orientada al medio y largo plazo.DuraciónEn el renting no hay periodos mínimos de duración y puede estar orientado al corto plazo, adaptándose en función de las necesidades al presupuesto de gastos de la compañía (movilidad y flexibilidad para adaptarse a las necesidades del arrendatario y a la marcha de la empresa). También aquí rige la libertad de pactos de las partes.
En el leasing, cuando termina el contrato se pueden  dar tres posibilidades:

1 que se devuelva el bien.
2 que se prorrogue el contrato.
3 que se haga efectiva la opción de compra.
Alternativas al finalizar el contratoEn el renting también puede haber tres alternativas:
1 que se devuelva el bien.
2  que se prorrogue la duración del contrato.
3  que se haga efectiva la opción de compra, de existir.
Según la legislación española, el arrendador tiene que ser una empresa específicamente constituida para desarrollar este tipo de actividad, como las sociedades de arrendamiento financiero e instituciones de crédito y bancarias. Necesita la autorización del Ministerio de Economía y Hacienda y debe estar inscrita en el Registro Especial para este tipo de entidades que existe en el Banco de España.ArrendadorEl renting supone la existencia de una empresa arrendadora, de un stock de bienes de equipo y de un servicio competente para reparar, conservar, comprar y revender.
El leasing tiene un buen tratamiento fiscal, ya que las cuotas son fiscalmente deducibles (siempre que se vaya a utilizar el bien exclusivamente en la actividad económica).
Esas cuotas tienen dos partes diferenciadas:
–  La carga financiera satisfecha a la entidad arrendadora (intereses), que siempre se considera gasto o partida deducible
–  La parte correspondiente a la recuperación del coste del bien (amortización).
Tratamiento fiscalEn el renting, la renta entregada será gasto deducible para el impuesto de sociedades
El IVA soportado al pagar la renta será deducible en su totalidad al efectuar la declaración por el impuesto, con los mismos condicionantes que en el leasing.
En el recargo de equivalencia no existen deducciones, con lo que no es posible deducir el impuesto soportado.

FUENTES:

Diccionario económico Expansión

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